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Según información del diario económico “Cinco Días”, los cerca de cuatro millones de trabajadores afectados por un ERTE como consecuencia de la Covid-19 han pasado de la primera reacción de inquietud por las consecuencias a preguntarse cuánto, cuándo y de qué forma van a poder cobrar la prestación.En este sentido, son las cuestiones burocráticas, en particular el procedimiento a seguir, la cuantía a la que tienen derecho y la compatibilidad con otros ingresos las que centran ahora sus preocupaciones.

A eso se añade la incertidumbre sobre cuándo van a poder cobrar. La avalancha de expedientes ha desbordado al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y pese al refuerzo del servicio, a muchos trabajadores no les ha llegado aún la notificación del empleador avisándoles de que su ERTE está aprobado.

En principio, no hay que hacer gestiones extra con el SEPE, aunque algunas Comunidades Autónomas están estableciendo sus propias reglas.

Se ha establecido que sea la empresa quien comunique y solicite el desempleo en nombre de los trabajadores, facilitando todos los datos necesarios, pero alguna comunidad autónoma, como es el caso de Cataluña, están exigiendo adicionalmente que el trabajador se encuentre de alta como demandante de empleo si no lo había estado con anterioridad.

Por regla general, el SEPE debería comunicar la aprobación o denegación del desempleo. Sin embargo, todo parece indicar que dicha comunicación no se producirá.

Los afectados pueden consultar, no obstante, el estado de su prestación a través de la sede electrónica del SEPE. Según calcula el Organismo, se reconoce un 90 % de las prestaciones que actualmente tramitan.

Un trabajador que ha sido incluido en un ERTE en marzo, empieza a cobrarlo a partir del 3 de mayo. Esta es la fecha aproximada en la que la mayor parte de trabajadores afectados por un ERTE en marzo y abril ingresarán la prestación. Se cobra entre el día 10 y 15 del mes siguiente al que se genera el derecho, sin embargo, la avalancha de expedientes presentados ha provocado una situación excepcional.

Por este motivo, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha indicado que en el mes de mayo se va a adelantar el pago al día 3, fecha en la que también se abonarán los atrasos. Es decir, lo pendiente del mes de marzo y lo correspondiente al mes de abril.

El máximo de la cuantía de la prestación por desempleo es de 1.098,09 euros en caso de no tener hijos, si bien este límite puede aumentar a 1.254,98 euros si se tiene un hijo, o hasta 1.411,83 euros en caso de dos hijos o más. Por el contrario, la cuantía mínima a cobrar es de 501,98 euros cuando no se tienen hijos, subiendo a 671,40 euros en caso de haberlos.

La prestación por desempleo se cobrará hasta que finalice el ERTE por el que el trabajador se ha visto afectado.

Si el trabajador que se encuentra cobrando el desempleo consigue un contrato de trabajo a tiempo parcial, puede elegir entre compatibilizar su cobro o suspenderlo.

Si la autoridad laboral deniega el ERTE, la empresa deberá pagar los salarios que no hubiese abonado al trabajador, por lo que este tendrá derecho a reclamar el sueldo no percibido.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][contact-form-7 id=»3956″][/vc_column][/vc_row]

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