Según informa el diario digital “El Confidencial”, el Senado ha aprobado la nueva LOPD con unos artículos muy polémicos y con un añadido propuesto por el Gobierno que, finalmente, Podemos llevará al Tribunal Constitucional.

La nueva Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, su denominación completa, se acaba de convertir en uno de los proyectos con más consenso de la legislatura.

Pese a que en todo el texto hay aspectos que no gustan a especialistas, tanto ellos como las asociaciones que luchan por la libertad de expresión en la red han centrado su pelea en cuatro artículos que, por un lado, pueden cambiar tu forma de usar internet y por otro, harán que los políticos tengan libertad para espiar todos tus perfiles en la red sin barrera alguna.

Estos puntos son el 85, el 93, el 94 y, por último, el 58 bis (un añadido muy importante para el consenso).

El artículo 58 bis (el que finalmente recurrirá Podemos) es un punto que al principio no estaba contemplado, que modifica nada más y nada menos que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Para blindar que los partidos políticos puedan hacer algo que ninguna otra empresa o institución puede.

Una vez recabada la información, podrán crear bases de datos ideológicas tomando la información pública y mandar ‘spam’ sin que pase como información comercial. Y para que sea legal solo necesitarán tener unas garantías básicas no especificadas por el momento, para poder hacer todo esto.

El 58 bis es un artículo clave, pero lejos de ser el único peligro, los otros tres puntos pueden tener más recorrido. En el apartado 85 es una forma de legislar el derecho de rectificación que se salta el control judicial y choca con la Ley de Derecho de Rectificación.

La actual Ley de Derecho de Rectificación garantiza el amparo judicial de la libertad de información.

El medio no estará obligado a retirarla, pero deberá colocar a la vista un aviso en rojo que muestre que ese contenido no refleja la situación actual del individuo.

Los artículos 93 y 94, son dos párrafos encargados de legislar sobre el derecho al olvido, estos dos artículos no solo endurecen algo tan delicado como el derecho al olvido, sino que van contra la norma comunitaria que llegó con el RGPD.

La nueva ley separa el derecho al olvido en dos espacios: los motores de búsqueda por un lado, y las redes sociales o servicios equivalentes por otro. Y establece que «toda persona tiene derecho a que sean suprimidos los datos personales que le conciernan y que hubiesen sido facilitados por terceros para su publicación por los servicios de redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información».

En relación al artículo 58 bis, y ante el revuelo generado, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado un comunicado en el que niega que la nueva LOPD permita crear bases de datos con perfiles ideológicos y políticos o deje la puerta abierta al envío de propaganda electoral sin consentimiento.

El texto del Proyecto no permite el tratamiento de datos personales para la elaboración de perfiles basados en opiniones políticas. Tampoco permite el envío de información personalizada basada en perfiles ideológicos o políticos. El Proyecto sólo permite, conforme al Considerando 56 del RGPD, la recopilación por parte de los partidos políticos de datos personales relativos a opiniones políticas para obtener información que les permita pulsar las inquietudes de los ciudadanos con el fin de poder darles respuesta en sus propuestas electorales.

Pese a estas aclaraciones, y a haber dado su visto bueno a la norma en todas las votaciones anteriores, Podemos, como decimos, ha anunciado que recurrirá la ley y la llevará hasta el Constitucional al considerar que va contra la Carta Magna. Está prohibido el tratamiento de datos personales que revelen las opiniones políticas.

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