La agencia reguladora francesa en materia de protección de datos, la CNIL, ha sancionado a Google y Facebook con multas por un total de 210 millones de euros en relación a la manera en la que facilitan la gestión del consentimiento de instalación de cookies a los usuarios de sus servicios.

El consentimiento para el uso de cookies es clave para la normativa de la UE sobre privacidad de datos y una de las principales prioridades de la CNIL.

El organismo de control ha considerado que tanto Google como Facebook dificultan el rechazo de los usuarios a la instalación de ciertas Cookies, dando un plazo de tres meses a dichas empresas para cumplir la normativa o enfrentarse a sanciones de 100.000 euros por cada día de retraso.

La responsable de protección de datos y sanciones de la CNIL, Karin Kiefer, manifiesta que a la hora de aceptar las cookies el usuario simplemente tiene que hacer click en el botón aceptar, siendo un procedimiento realmente sencillo, sin embargo, rechazar las cookies, cuando debiera ser igual de fácil que aceptarlas, no lo es, ya que es preciso ir revisando categoría por categoría de cookies.

En su comunicado, la Comisión Nacional de Informática y Libertades indicó haber comprobado que, si bien los gigantes tecnológicos ofrecían un botón virtual para permitir la aceptación inmediata de las cookies, no había un equivalente para rechazarlas con la misma facilidad.

Google, que ha sido multado con 150 millones de euros, se ha comprometido a trabajar activamente con la CNIL de cara a realizar los cambios pertinentes para simplificar el proceso de denegación de instalación de cookies, poniendo de manifiesto que «la gente confía en nosotros para que respetemos su derecho a la privacidad y los mantengamos seguros. Entendemos nuestra responsabilidad de proteger esa confianza»

Por su parte Facebook, ahora propiedad de Meta, y sancionada con 60 millones de Euros, dijo estar «revisando» la decisión de multarle con 60 millones de euros. Indicando que :»Nuestros controles de consentimiento de cookies proporcionan a las personas un mayor control sobre sus datos, incluyendo un nuevo menú de configuración en Facebook e Instagram, donde las personas pueden revisar y gestionar sus decisiones en cualquier momento, y seguimos desarrollando y mejorando estos controles»

Multas anteriores

Las cookies son muy valiosas para Google y Facebook como forma de personalizar la publicidad, siendo su principal fuente de ingresos.

Desde que la UE aprobó el RGPD en 2018, las empresas de internet se enfrentan a normas más estrictas que les obligan a buscar el consentimiento directo de los usuarios antes de instalar cookies en sus ordenadores.

No es la primera vez que Google, propiedad de Alphabet, recibe fuertes multas por incumplir la ley europea, ya fue objeto de la anterior multa récord de la CNIL, de 100 millones de euros, en 2020.

El gigante estadounidense de la venta al por menor, Amazon, también fue multado con 35 millones de euros por infringir las normas.

En 2020, la CNIL reforzó los derechos de consentimiento sobre los rastreadores de publicidad, indicando que los sitios web que operan en Francia deben mantener un registro de la negativa de los usuarios de Internet a aceptar cookies durante al menos seis meses. También señaló que los usuarios de Internet deberían poder reconsiderar fácilmente cualquier acuerdo inicial sobre las cookies a través de un enlace web o un icono que debería ser visible en todas las páginas del sitio web.

La situación en España

La AEPD, organismo controlador en materia de protección de datos en España, en Julio del 2020, actualizó y puso a disposición de empresas, ciudadanos y profesionales, la guía sobre el uso de cookies para adaptarla a las nuevas directrices del Comité Europeo de Protección de Datos. Dando un plazo de tres meses para introducir los cambios necesarios en los mecanismos de obtención del consentimiento de instalación de cookies.

Un año y medio después, las empresas cuyas webs están adaptadas al RGPD en materia de gestión del consentimiento informado de instalación de cookies, son una minoría.En el caso de páginas propiedad de PYMES y autónomos la práctica totalidad no están adaptadas al RGPD y la LOPD, apreciándose irregularidades tales como, el uso del consentimiento tácito, la redacción de una política de cookies incompleta o la configuración errónea del modelo de capas.

Desde Equal, de cara a evitar sanciones y cumplir con el RGPD, siempre recomendamos asegurarnos de que nuestra web está adaptada a la norma, ofreciendo dentro de nuestros servicios de adaptación a la LOPD, la revisión gratuita del estado de gestión del consentimiento de instalación de cookies.

Evita sanciones, déjate guiar por expertos en Adaptación de Protección de datos.

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