Listas negras, implicaciones en la LOPD  

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Según informa el diario ABC, la candidatura que engloba a ERC y Convergència, Junts pel sí (Juntos por el sí), trata de apurar sus opciones de victoria de cara a las elecciones del próximo 27 de septiembre, y está manejando unas listas negras de personas a favor y contra del proceso soberanista.

Para ello, (y siempre, como decimos, según el diario ABC) está realizando una serie de campañas puestas en marcha por la llamada sociedad civil que podrían suponer una violación de la LOPD (Ley Orgánica de la Protección de Datos). Se ha elaborado una gran base de datos con información personal de los ciudadanos en los que se recoge básicamente si su tendencia es independentista o españolista.

Estás encuestas las llevó a cabo la plataforma Ara és l´hora (AeH) que engloba a la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural (OC), en la consulta que tuvo lugar el pasado 9 de noviembre de 2014.

Treinta mil voluntarios son los que realizaron dichas encuestas, visitando un millón de hogares aproximadamente, y en ellas comentaban a las personas la posibilidad de que Cataluña se separara de España. Ante este hecho, dos partidos antiseparatistas como son Ciudadanos y VOX, han denunciado ante la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) y esta está tramitando un expediente sancionador con multas de hasta 600.000€, ya que se trata de una recogida de datos de nivel alto sin consentimiento del usuario.

Sin entrar, por supuesto, en el tema de fondo, ni valorar la actuación de estos Partidos en el marco de una situación altamente compleja por las circunstancias que la rodean, nos interesa centrarnos en las implicaciones que esa supuesta forma de actuar tienen en relación con el cumplimiento de la LOPD.

El expediente sancionador que al parecer se está tramitando en la Agencia Española de Protección de Datos refleja que «ambas asociaciones han recogido, grabado y conservado información sobre

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datos de ideología relativos a personas que negaron su participación en la encuesta o que, aun habiéndola realizado, no consintieron expresamente el tratamiento de sus datos personales, por lo que existe un tratamiento de datos especialmente protegidos sin el consentimiento expreso y por escrito de los afectados en el sentido exigido por el artículo 7.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos». La Agencia ordenó que «se dejen de utilizar de forma inmediata esos ficheros con los datos recabados».

En dicha encuesta, parece ser que los voluntarios anotaban una serie de datos de carácter personal en los que se podrían ver reflejados claramente sus ideas políticas. Este tipo de datos, que se clasifican, como sabemos, como datos a los que se exige un nivel de seguridad alto, precisan del consentimiento expreso para ser registrados y tratados, así como para ser cedidos.

Lejos de no cumplir con estos requisitos, pasaron al siguiente paso e hicieron públicos estos datos (siempre según la versión de ABC) incumpliendo a nuestro juicio de manera clara la LOPD.

Pues bien, parece ser que está macroencuesta es la que está utilizando Artur Mas y su partido Junts pel sí, para elaborar una estrategia electoral en función de la zona o municipio que vaya a visitar para sacar mayor rentabilidad a su campaña.

Como decimos, sin entrar en el fondo de la noticia y en las circunstancias que la rodean, lo cierto es que desde Equal Protección de Datos recordamos que en todo caso y como principio general, es necesario el consentimiento del interesado para el tratamiento de sus datos personales, y con mayor motivo cuando los datos recabados son del calibre de los recabados en el presente caso, y ello salvo las excepciones que se recogen en la propia LOPD.

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