Según el diario “El Economista”, la vulneración de determinados preceptos del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que sustituirá a la actual normativa vigente y que comenzará a aplicarse el 25 de mayo de 2018, puede conllevar sanciones de hasta 20 millones de euros.
Las sanciones pueden suponer, en el caso de las empresas, una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior.
A falta de tres meses para que la norma esté en vigor y sea de obligado cumplimento, las empresas, autónomos y administraciones públicas, como encargados del tratamiento de los datos, han de aplicar medidas técnicas y organizativas para garantizar y demostrar que cumplen la nueva normativa.
El Reglamento europeo trae consigo novedades en materia de derechos y obligaciones como el derecho de los ciudadanos a exigir indemnizaciones ante el tratamiento ilícito de datos de carácter personal.
En este sentido, el RGPD implica la llegada del Registro de Actividades de Tratamiento, la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO) y los derechos del ciudadano al olvido, la portabilidad de los datos, y la limitación del tratamiento de los mismos.
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