Es Obligatorio adaptarse a la lopd:
Todas las empresas que realicen tratamiento de datos personales deben cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. No se trata de algo optativo, sino de una obligación que todo empresario o autónomo está obligado a cumplir.
Evitar sanciones por incumplimiento:
El incumplimiento de la Ley de Protección de Datos conlleva sanciones que, dependiendo de la gravedad de la infracción, pueden oscilar entre los 900 € y los 600.000€ de multa.
La sanción puede llegar a consecuencia de una inspección de oficio por parte de la Agencia Española de Protección de Datos o a través de la denuncia de algún afectado que provoca que la propia Agencia entre a inspeccionar el tratamiento de los datos en nuestra empresa.
Mejorar la imagen de la empresa:
Adaptarse a la LOPD otorga una imagen de profesionalidad y seriedad a la empresa que valoran de manera muy importante los clientes y proveedores.
Aporta mayor seguridad y velocidad en los procedimientos de trabajo:
El hecho de estar plenamente adaptado a la LOPD supone que la empresa tiene perfectamente estructurados sus procedimientos de trabajo, lo que redunda en una mayor rapidez y eficacia tanto en el trabajo diario como en la capacidad de respuesta ante cualquier incidencia.
Es económico:
La adaptación y el mantenimiento a la LOPD no supone un desembolso económico muy importante, y en cambio estará siempre cubierto ante una posible inspección o denuncia.
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