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El TJUE se posiciona sobre la subasta de datos personales con fines publicitarios

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La sentencia de 7 de marzo de 2024, de la sala cuarta del TJUE señala que el concepto de “datos personales” no incluye únicamente los datos recabados y conservados por el responsable del tratamiento, sino que también todas las informaciones resultantes de un tratamiento de datos personales que se refieran a una persona identificada o identificable.

Cómo evitar recibir publicidad no deseada

Para evitar recibir llamadas publicitarias o publicidad a través de otros medios la AEPD recomienda varias opciones. En primer lugar inscribirse en la LISTA ROBINSON, el único fichero común de exclusión publicitaria que existe en España y que está gestionado de forma independiente por la Asociación Española de Economía Digital.

Difusión de datos en proceso público

Difusión de datos en proceso público. Los procesos de selección pública contienen unos datos identificativos de cada persona que se presenta, unos datos básicos con fin de poder definir e identificar a los candidatos. En estas listas públicas,…