Según informa el diario “El País”, la proximidad de las elecciones generales del 28 de abril ha reabierto el debate sobre la ley que permite a los partidos políticos recopilar en páginas web y redes sociales opiniones políticas de los ciudadanos para confeccionar perfiles electorales.

Varios juristas expertos en protección de datos y cuatro organizaciones especializadas en la defensa de los derechos digitales han presentado al Defensor del Pueblo una solicitud para que interponga recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

El artículo que ha desatado una fuerte contestación entre asociaciones de usuarios de Internet está recogido en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), aprobada a finales del año pasado. La disposición final tercera de esta norma incorpora el artículo 58 bis en la LOREG, que hace referencia a la utilización de medios tecnológicos y datos personales en actividades electorales, en general, y en la propaganda política, en particular.

Este artículo prevé que los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán recopilar, en páginas web y redes sociales, datos personales vinculados a las opiniones políticas de los ciudadanos para la realización de todo tipo de actividades políticas durante el periodo electoral.

Según las organizaciones que se han dirigido al Defensor del Pueblo, esta medida posibilita realizar perfiles ideológicos y personalizar la propaganda electoral (microtargeting) con tecnologías de big data y de inteligencia artificial. Y no solo para enviar spam por correos electrónicos personalizados, sino también para contratar en las redes sociales mensajes personalizados para cada usuario en función de sus tendencias ideológicas.

El origen de este uso, fue el escándalo protagonizado por la empresa Cambridge Analytica, que utilizó la información obtenida de Facebook y de otras fuentes para enviar mensajes a los usuarios, fomentando la difusión de noticias falsas durante la campaña presidencial de EE UU de 2016 que dieron la victoria a Donald Trump.

Entre los impulsores de esta solicitud figuran varios juristas como Borja Adsuara Varela, abogado y profesor de Derecho Digital, José Luis Piñar, abogado y catedrático de Derecho Administrativo, y antiguo Director de la Agencia Española de Protección de Datos, y Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional. Así como representantes de la Asociación de Internautas, la Asociación de Usuarios de Internet, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) y la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía Digital (ENATIC).

Según estos expertos y organizaciones el artículo introducido en la legislación española vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y podría conculcar derechos fundamentales. Este mismo planteamiento fue defendido por Unidos-Podemos en el Senado, el único grupo que se opuso a esta reforma. El mismo día de la votación anunció que presentaría recurso de inconstitucionalidad.

Para los juristas que ahora solicitan al Defensor del Pueblo que siga esos pasos, los derechos constitucionales afectados afectarían a la protección de datos personales, la libertad ideológica, la libertad de expresión e información y el derecho a la participación política.

 

Los que defienden la ley insisten, en que tal y como está redactado el artículo 58 bis no se pueden crear bases de batos ideológicas para enviar propaganda electoral personalizada ni se ampara el spam masivo, ya que, en todo caso, el rastreo de datos solo se podrá llevar a cabo si existen las garantías adecuadas y en aras del interés general. Si los partidos husmean ilegalmente en las opiniones de los electores pueden sancionados con multas de hasta 20 millones de euros.

La Agencia Española de Protección de Datos ya ha advertido que estará especialmente vigilante. Este organismo ha iniciado el trámite de audiencia de una circular, en la que realiza una interpretación restrictiva de este precepto y establece distintas garantías, dada la tipología de los datos que se tratarían y que existe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *