Según informa el diario ABC, la Agencia Española de Protección de Datos asegura que va a estar «vigilante» en la aplicación de la nueva ley de protección de datos por parte de los grupos políticos, a quienes la norma no les permite hacer perfiles ideológicos.

La polémica está servida en el caso de una norma que ha salido adelante bajo un consenso atípico entre los grupos políticos. La norma permite la posibilidad de que los partidos políticos envíen propaganda electoral a través de dispositivos electrónicos, aunque el regulador ha insistido en que la ley no les permite elaborar perfiles ideológicos de los ciudadanos.

Según asegura Mar España, directora de la AEPD, la famosa Disposición Final Tercera que añade un nuevo artículo 58 bis en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General  ha generado muchas dudas, y ha negado que el regulador haya recibido presiones por parte de grupos políticos para que validar el «spam» político.

Los partidos políticos no van a poder enviar publicidad personalizada de perfil ideológico, ha subrayado la directora de la Agencia, aunque ha manifestado que sí podrán enviar «información general» sobre programas y promesas electorales.

No se les permitirá a los partidos realizar perfiles con datos ideológicos, sexuales, religiosos o de otro tipo que los ciudadanos estén ofreciendo mediante su comportamiento en las redes sociales, ha dicho Mar España, directora de la AEPD.

No obstante, España ha recordado que las posibles bases de datos recopiladas por grupos parlamentarios deberán destruirse con arreglo a la ley.

Así, en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la normativa obliga a las empresas a recopilar el consentimiento explícito de los datos personales del afectado, pero la LOPD establece que, a diferencia de lo exigido al resto de instituciones y colectivos, los partidos podrán estar exentos de hacerlo. Una medida que ha suscitado dudas entre los expertos juristas.

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