Según información del Portal de noticias sectoriales “Economist & Jurist”, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto ley de seguridad de las redes y sistemas de información, por el que se transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión.

El citado Real Decreto-ley se aplicará a las entidades que presten servicios esenciales para la comunidad y dependan de las redes y sistemas de información para el desarrollo de su actividad, así como a los proveedores de determinados servicios digitales.

Los proveedores de estos servicios digitales deberán realizar una evaluación previa de riesgos y deberán adoptar medidas adecuadas para gestionar los riesgos que se planteen para la seguridad de las redes y sistemas de información que utilicen.

También tendrán que notificar los incidentes que sufran al Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas y Ciberseguridad.

Este Real Decreto-ley identifica los sectores en los que es necesario garantizar la protección de las redes y sistemas de información, y establece procedimientos para identificar los servicios esenciales ofrecidos en dichos sectores, así como los principales operadores que prestan dichos servicios.

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