La denuncia de Protección de datos puede ser presentada por cualquier ciudadano siempre que considere que sus derechos en esta materia hayan sido vulnerados o siempre que tenga constancia de algún incumplimiento de la normativa.

El no adecuar nuestra empresa a la LOPD implica exponerse a ser denunciado y ser sancionado por parte de la AEPD.

Las multas pueden llegar a ser realmente cuantiosas, en España se han llegado a imponer sanciones por valor de varios millones de Euros.

Denuncia relativa a Protección de datos ¿ donde hacerla efectiva ?

Dicha denuncia de Protección de datos ha de ser presentada frente a la autoridad de control en España, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Podremos denunciar de manera telemática, a través de la sede electrónica de la AEPD https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web , o de manera presencial en las oficinas de la agencia situadas en la Calle Jorge Juan 6, 28001, Madrid.

Las denuncias no pueden ser presentadas de manera anónima, el reclamante siempre ha de identificarse, ya sea mediante certificado electrónico o sistema clave, en el caso de que la denuncia se presente a través de la web, o mediante DNI en el caso de presentar la reclamación de manera presencial.

¿ Quién puede denunciar ?

Como indicábamos previamente, cualquier ciudadano que tenga constancia de una posible vulneración de la normativa puede presentar una reclamación frente al organismo supervisor, no siendo necesario que el reclamante este afectado por dicho presunto incumplimiento de la LOPDGDD.

Entre esta tipología de reclamaciones nos podemos encontrar con una amplia casuística, desde reclamaciones por uso de datos para finalidad no indicada, inclusiones en ficheros de morosos cuando la deuda es falsa o inexistente, denuncias por no tener adaptada nuestra página web al RGPD

Por otro lado, de manera habitual, se producen reclamaciones cuando las entidades no atienden con diligencia el ejercicio de derechos por parte de los ciudadanos, nos referimos a los llamados derechos ARSULIPO, acceso, rectificación, supresión, etc.

Al ser estos derechos personales, la reclamación ante la AEPD siempre tendrá que ser realizada por la persona afectada, es requisito fundamental haber solicitado de manera previa el ejercicio de derechos ante la entidad reclamada.

Procedimiento de la denuncia LOPD

A la hora de presentar reclamación ante a la agencia, hemos de facilitar la máxima información posible, cuanta más información facilitemos con mayor brevedad se resolverá la reclamación.

En primer lugar hemos de facilitar los datos que identifican tanto al reclamante como al reclamado, a continuación, se han de indicar los hechos acontecidos, finalmente, deberemos aportar todo tipo de documentación y pruebas que acrediten la vulneración de la Ley.

Una vez la agencia haya recibido la reclamación, llevará a cabo una investigación de cara a valorar si lo indicado en la denuncia constituye una violación de la LOPDGDD, en el caso de que tuviese indicios suficientes, trasladará la reclamación a la parte reclamada, la cual podrá efectuar las pertinentes alegaciones.

En el momento en el que la AEPD haya reunido toda la información necesaria, decidirá si iniciar procedimiento sancionador.

La resolución tomada en el procedimiento sancionador podrá ser recurrida en reposición o ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo este proceso puede demorar en torno a unos 18 meses, en función del volumen de trabajo de la agencia y la complejidad del caso.

Modelo de Denuncia Protección de datos

Como indicábamos con anterioridad, a la hora de proceder a denunciar será preciso identificarse, indicar la identidad de la entidad frente a la que se reclama y los hechos acontecidos.

Desde este enlace, modelo de denuncia puede descargase el modelo de denuncia AEPD.

Indemnización debido a Vulneración de La LOPD

La AEPD impone sanciones administrativas, el hecho de que la entidad reclamada sea sancionada no da derecho a recibir compensación económica.

En el caso de que el ciudadano que reclama haya sufrido un grave perjuicio por el no cumplimiento de la Ley por parte de la reclamada, podrá acudir a los tribunales ordinarios de justicia.

Víctor Fdez. , Redacción Equal.

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