Según informa el diario económico “Cinco Días”, una de las novedades destacadas que introdujo la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), está en la identificación de los interesados en las notificaciones de actos administrativos que contengan datos personales como multas o sanciones, donde se identificará a los afectados sólo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.

Hasta ahora, la identificación incluía nombre, apellidos y número de documento completos, con el consiguiente impacto en la privacidad de los ciudadanos, precisamente por actos de la Administración. Las multas o los resultados de oposiciones son actos que se notifican con frecuencia por estas vías, y que exponen a los individuos, pues su DNI completo era fácilmente localizable hasta la LOPDGDD.

Esta solución ayudará para que no se indexen estos nombres y apellidos de modo que algunos datos de los ciudadanos puedan resultar menos obvios en la nueva era de Internet.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ante las consultas recibidas por las autoridades de protección de datos sobre cómo interpretar la mención a las cuatro cifras numéricas aleatorias, ha emitido unas orientaciones con el fin de facilitar un criterio práctico, aunque provisional, hasta que se aprueben normas administrativas al respecto.

El sistema consiste en seleccionar aleatoriamente un grupo de cuatro cifras numéricas, que deberían ser las mismas en todas las publicaciones. Según recoge el documento de la AEPD, “el procedimiento para la determinación de forma aleatoria de las cuatro cifras numéricas a publicar del código de identificación de un interesado se realizó mediante el proceso de selección aleatoria en una bolsa opaca de una bola de entre cinco bolas numeradas del 1 al 5, realizado el 27 de febrero de 2019 en la AEPD. La bola resultante fue la número 4”, de modo que de los documentos (DNI, NIE, etc.): se publicarán los dígitos que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima; mientras que los caracteres alfabéticos, y aquellos numéricos no seleccionados para su publicación, se sustituyen por un asterisco. El nombre no aparecerá, solo las siglas.

El documento se publica en coordinación con la Autoridad Catalana de Protección de Datos, la Agencia Vasca de Protección de Datos y el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

Recordemos que el nuevo marco normativo obliga a una responsabilidad proactiva y trazabilidad que también afecta a los organismos públicos y que puede demostrarse previendo riesgos como este mediante herramientas que ayudan y guían en el cumplimiento de la normativa de protección de datos.

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